La Cámara de Diputados aprobó en general un proyecto que modifica el Régimen Penal Tributario y la Ley de Procedimiento Fiscal, con cambios en los umbrales de penalización y en el tratamiento de patrimonios no declarados.
La Cámara de Diputados de la Nación dio media sanción al proyecto de Ley de Inocencia Fiscal II, que introduce modificaciones al Régimen Penal Tributario (Ley 27.430) y a la Ley de Procedimiento Fiscal (Ley 11.683), sobre la base establecida por la Ley 27.799.
El proyecto eleva los umbrales de penalización por evasión simple de 1,5 millones de pesos a 100 millones de pesos, y por evasión agravada de 15 millones a 1.000 millones de pesos. También habilita la extinción de la acción penal con el pago de la obligación.
En cuanto a los patrimonios no declarados, la iniciativa elimina los topes de ingresos y patrimonio para acceder al régimen simplificado, e incluye a familiares de funcionarios y grandes contribuyentes, aunque estos últimos con acceso parcial a los beneficios.
El proyecto también limita el uso de presunciones sobre incrementos patrimoniales no justificados y establece un mecanismo permanente de extinción de obligaciones tributarias.
Un grupo de integrantes del Espacio de Trabajo Fiscal para la Equidad, en un análisis publicado, sostuvo que la ley “profundiza la regresividad” del sistema tributario y que “beneficia precisamente a ese segmento” de mayores ingresos. También señalaron que Argentina es el país que más amnistías fiscales realizó en los últimos 50 años.
El Fondo Monetario Internacional, en declaraciones previas, advirtió que la repetición de este tipo de medidas genera beneficios de corto plazo pero daña estructuralmente la cultura tributaria.
