Un tribunal ratificó la decisión de archivar el caso al considerar extinguida la acción penal por el transcurso del tiempo, según explicó el defensor del imputado.
La Justicia confirmó el sobreseimiento de un acusado en una causa por presunto abuso sexual gravemente ultrajante, tras considerar extinguida la acción penal por el paso del tiempo. La decisión quedó firme luego de que se hiciera lugar al planteo de la defensa.
El abogado defensor, Iván Godoy, explicó: “Se confirmó el sobreseimiento y la extinción de la acción penal. En su momento me opuse a la elevación a juicio y planteé la prescripción por el tiempo transcurrido, y ese planteo fue aceptado”. En ese sentido, detalló que el Ministerio Público Fiscal había impulsado la elevación a juicio, pero en audiencia se resolvió el sobreseimiento en base a los plazos legales vigentes al momento del hecho.
Además, el letrado aclaró que el fallo no implica un cuestionamiento al testimonio de la denunciante: “Hay una mala interpretación. No es que no se haya creído a la víctima, sino que la ley no permite avanzar porque la acción penal está prescripta”.
Respecto al marco legal, explicó: “Las modificaciones que establecen que los plazos comienzan a correr desde los 18 años de la víctima rigen para hechos posteriores a 2011. No se pueden aplicar retroactivamente si son más gravosas, porque lo impide el principio de legalidad”. También hizo referencia a antecedentes judiciales, entre ellos un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina: “La Corte ya se ha pronunciado sobre estas cuestiones, lo que termina de aclarar la tensión entre los derechos de la víctima y el principio de legalidad”.
Finalmente, confirmó que el proceso quedó cerrado: “La sentencia ya está firme, se ordenó el archivo y solicitamos que se oficie para que no quede ningún rastro de la imputación”.
