Un fallo de 2014 definió la violencia contra las mujeres como un problema social que alcanza a toda la comunidad. En ese marco, especialistas y normativas nacionales e internacionales subrayan la necesidad de que niños, niñas y adolescentes sean oídos en los conflictos familiares, sin ocupar el lugar de árbitros ni de mensajeros de la disputa adulta.
En junio de 2014, la Cámara de Sentencia en lo Criminal de Primera Nominación emitió un fallo que definió la violencia contra las mujeres como «un fenómeno grave, un problema social que afecta no sólo su progreso personal, sino el de su familia, su país, en fin a toda la sociedad que la rodea». El tribunal también la consideró «un obstáculo a la evolución de las naciones». Esa definición, según el documento judicial, permite salir de una mirada individual de la violencia y entender que atraviesa vínculos, hogares y comunidades.
En ese entramado, cuando hay niñas, niños o adolescentes, la violencia alcanza sus derechos, no necesariamente porque hayan sido víctimas directas de una agresión. La exposición a contextos de violencia, amenazas, controles, denuncias, incumplimientos y medidas judiciales prolongadas puede afectar su desarrollo. Surge entonces la pregunta sobre qué lugar ocupa la voz de un niño cuando los adultos discuten sobre su vida.
La respuesta jurídica, de acuerdo con el marco normativo vigente, no es sencilla. Escuchar a la niñez implica darle voz propia y reconocer que tiene algo que decir. La Convención sobre los Derechos del Niño, la Ley 26.061 y el Código Civil y Comercial reconocen su derecho a ser oídos y a que su opinión sea tenida en cuenta de acuerdo con su edad y grado de madurez, al momento de tomar decisiones que afecten su vida. Esto no significa convertir a niños, niñas y adolescentes en jueces de un conflicto que no les corresponde resolver.
Especialistas en la materia señalan que chicos y chicas no deben ser colocados en el lugar de mensajeros, árbitros o instrumentos de una disputa adulta. Tienen derecho a ser escuchados, no a cargar con el conflicto de los adultos. La niñez no debería estar en el centro del conflicto, sino en el centro de la protección de sus derechos.
Escuchar, en este contexto, implica generar las condiciones para que puedan expresarse libremente, garantizar que su palabra sea recibida con las herramientas adecuadas y comprender que esa palabra se construye dentro de una historia familiar determinada. También implica valorarla junto con las demás circunstancias del caso. El centro del expediente no son los adultos enfrentados, sino los derechos de los niños.
Cuando la violencia de los adultos llega hasta ellos, la Justicia tiene la obligación de decidir qué protege mejor sus derechos, más allá de resolver quién tiene razón en una disputa familiar. En este marco, se debate un proyecto de ley que propone crear un registro de personas denunciadas por impedir u obstaculizar el vínculo entre progenitores e hijos. La iniciativa generó rechazo en distintos sectores, que advierten sobre el riesgo de convertir una problemática compleja en una respuesta automática y sobre las consecuencias que podría tener en situaciones de violencia familiar o de género.
Para cualquier política pública vinculada con la niñez, el desafío consiste en evitar volver a poner a los niños en medio de una pelea que no es la suya. No se trata de elegir entre «madres» y «padres», ni de presumir que toda interrupción del vínculo es violencia. Se trata de mirar cada historia, escuchar a cada niño y decidir con perspectiva de derechos.
