La norma sancionada en Santa Fe crea un sistema de política pública educativa para prevenir y abordar la violencia digital en el ámbito escolar, sin tipificar delitos ni modificar códigos.
La provincia de Santa Fe sancionó la Ley EMA, una norma que establece un sistema administrativo de política pública educativa orientado a la prevención y abordaje de la violencia digital en el ámbito escolar. La ley no es de carácter penal, procesal ni sancionatorio, y su autoridad de aplicación es el Ministerio de Educación.
El objeto de la ley combina tres dimensiones: alfabetización digital, formación crítica en tecnologías de la información y construcción de entornos educativos libres de violencia, enmarcados en igualdad real, perspectiva de género y derechos humanos.
La definición de violencia digital incluida en la norma es amplia y no taxativa. Se construye a partir del daño (físico, psicológico, sexual, económico, moral) y ejemplifica conductas como difusión no consentida de imágenes íntimas, acoso, extorsión o espionaje digital, suplantación de identidad, discursos de odio y manipulación mediante inteligencia artificial generativa.
La ley alcanza a estudiantes, docentes, directivos, familias y personal no docente, tanto de gestión estatal como privada. Entre sus instrumentos se incluyen la transversalidad curricular vinculada a la educación sexual integral, la formación docente continua y la elaboración de guías de actuación institucional.
Los protocolos que se exigen deben contemplar confidencialidad, celeridad, acompañamiento y preservación de evidencia digital, evitando la revictimización y garantizando la derivación correspondiente.
La norma no establece plazos de reglamentación, órgano de seguimiento, mecanismos de rendición de cuentas ni asignación presupuestaria específica.
