jueves, 12 junio, 2025
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Cambia el IVA en supermercados

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) modificó, este martes, el régimen de percepción del Impuesto al Valor Agregado (IVA): las compras en supermercados, menores a 10 millones de pesos, serán consideradas a consumidor final y quedarán exceptuadas del tributo.

Mediante la Resolución General 5710/2025, del Boletín Oficial, la nueva normativa vigente desde el 1 de julio incluye a los sujetos que no acrediten su calidad de responsables inscriptos, exentos o no alcanzados con relación a dicho gravamen, o su condición de pequeños contribuyentes inscriptos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS).

El régimen de percepción no será de aplicación cuando «los adquirentes, locatarios o prestatarios, declaren expresamente su condición de consumidor final a través de la aceptación del comprobante o factura que para tales efectos se emitirá de conformidad con lo que disponga este organismo, y siempre que el vendedor, locador o prestador no pudiera razonablemente presumir que no se trata de un consumidor final».

La disposición fundamentó que «sin perjuicio de lo expuesto, se considerará que el adquirente, locatario o prestatario resulta consumidor final cuando el monto total de la operación perfeccionada no supere los 10.000.000 pesos, ello exclusivamente, para el caso de que el vendedor, locador o prestador haya declarado como actividad económica alguno de los siguientes códigos».

Los rubros comerciales contemplados en la medida son: venta al por mayor en supermercados mayoristas de alimentos; venta al por menor en hipermercados; venta al por menor en supermercados; venta al por menor en minimercados (incluye mercaditos, autoservicios y establecimientos similares que vendan carnes, verduras y demás productos alimenticios en forma conjunta).

Las compras realizadas por consumidores finales, en locales de consumo masivo de alimentos, quedarán exceptuados del régimen desde el primer día del próximo mes. Los comercios verán reducida la cantidad de operaciones en las que deberán aplicar el régimen de percepción del IVA: sólo a aquellos clientes que superen el monto establecido oficialmente y que no hayan acreditado su condición tributaria.

El cambio está en línea con el nuevo régimen de emisión de comprobantes, que elevó también a 10 millones de pesos el monto base para que comercios identifiquen a los consumidores finales.

La decisión forma parte del plan oficial para estimular la circulación de los dólares del colchón.

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