viernes, 31 julio, 2026
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El Gobierno firmó un DNU para expulsar a extranjeros que promuevan odio contra Argentina

El presidente Javier Milei firmó el Decreto de Necesidad y Urgencia 681/2026, que establece la inadmisión y la cancelación de residencia para extranjeros que inciten al odio o la violencia contra los argentinos o que ultrajen los símbolos patrios. La medida fue publicada en el Boletín Oficial y deberá ser evaluada por el Congreso.

El presidente Javier Milei firmó el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 681/2026, que habilita rechazar el ingreso o expulsar del país a cualquier extranjero que promueva mensajes de odio, discriminación o violencia contra los argentinos, o que cometa ultrajes contra los símbolos patrios. La medida fue oficializada en el Boletín Oficial y surge en respuesta a la escalada de expresiones hostiles registradas tras la participación de la Selección argentina en el Mundial 2026.

Según la Oficina del Presidente, la decisión busca resguardar la cohesión social, la seguridad interior y el orden institucional. En la comunicación oficial, el mandatario afirmó: “Quien ataque a la República Argentina no es bienvenido en nuestro país”.

La nueva norma modifica la política migratoria incorporando causales estrictas de inadmisión y expulsión:

  • Expresiones de odio: alcanza a quienes dirijan mensajes hostiles, orales o escritos, o inciten a la violencia contra el pueblo o ciudadanos argentinos por motivos de nacionalidad.
  • Símbolos patrios: sanciona a quienes participen en actos de ultraje o degradación de los emblemas nacionales.
  • Cancelación de residencia: los extranjeros que ya residan en el país y cometan estas infracciones perderán su estatus legal, conminándolos a abandonar el territorio o enfrentando la expulsión directa.

El Ejecutivo argumentó que, si bien la Argentina mantiene su histórica tradición de hospitalidad, la soberanía estatal faculta al Gobierno a fijar condiciones de permanencia.

El decreto deberá ser evaluado ahora por la Comisión Bicameral Permanente del Congreso, que dispone de 10 días hábiles para expedirse sobre su validez.

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