jueves, 25 diciembre, 2025
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ANSES anuncia nuevos requisitos para cobrar la AUH y Asignación por Embarazo en Catamarca

El Ministerio de Capital Humano, a través de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, implementó modificaciones en los regímenes de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo para Protección Social de ANSES, con la finalidad de agilizar los procedimientos y asegurar el acceso a las prestaciones.

La decisión fue formalizada este jueves con la publicación de la Resolución 1170/2025 en el Boletín Oficial, firmada por el secretario Julio Gabriel Cordero. La norma altera los mecanismos para acreditar las condiciones exigidas para el cobro del 20% del monto que se retiene cada mes en ambos beneficios e instaura un sistema de verificación automática a partir del intercambio de datos entre el Ministerio de Salud y la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

ANSES: cambios en la AUH

En el caso de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social, la resolución establece que, cuando la información sanitaria remitida mensualmente por el Ministerio de Salud permita confirmar el cumplimiento de los controles de salud y el plan de vacunación de niños y niñas de hasta cuatro años de edad, el 20% retenido se abonará de forma automática y mensual, junto con el 80% que se paga de manera habitual.

Para los niños y niñas a partir de los cinco años, se mantiene además el requisito de certificación de la escolaridad en instituciones públicas o privadas reconocidas oficialmente. En las situaciones donde no sea posible la verificación automática, los titulares podrán presentar la documentación pertinente ante la ANSES, la cual definirá los trámites administrativos para la liquidación del monto reservado.

La resolución también introduce ajustes en la Asignación por Embarazo para Protección Social. El 20% acumulado será pagado por la ANSES una vez acreditada la finalización del embarazo -ya sea por parto, fallecimiento o interrupción- y el cumplimiento de los controles médicos de seguimiento.

Al igual que con la AUH, el cumplimiento de estas condiciones podrá validarse de manera automática a partir de los datos enviados por el Ministerio de Salud. De no contar con esa información, la titular deberá presentar la documentación respaldatoria ante ANSES. El texto aclara que el derecho al cobro se extinguirá automáticamente si la acreditación no se realiza dentro de los 12 meses de ocurrido el hecho.

Objetivos de la medida

Según los considerandos, la iniciativa se enmarca en los principios de eficiencia administrativa, simplificación de trámites y garantía de derechos, en consonancia con la Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y la Ley 27.611 de Atención y Cuidado Integral de la Salud durante el Embarazo y la Primera Infancia.

Además, el Gobierno subrayó que la medida busca robustecer el sistema de protección social, articulando la política sanitaria con la política de ingresos, y reforzando los compromisos del Estado nacional en materia de primera infancia y reducción de la pobreza infantil.

La resolución entró en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial, y la ANSES quedó autorizada para dictar las normas operativas necesarias para su implementación.

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