Rechazaron un recurso de apelación presentado por la obra social y ratificó la sentencia que la obliga a cubrir el 100% del tratamiento con fármacos de marca específica. El caso sienta un precedente en materia de cobertura médica integral.
lunes, 20 de octubre de 2025 21:20
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La Justicia de Catamarca confirmó un fallo que obliga a OSDE a brindar cobertura total del tratamiento indicado a una afiliada diagnosticada con Esclerosis Múltiple Recurrente-Remitente, una enfermedad poco frecuente que afecta el sistema nervioso central.
El caso corresponde a Tatiana Belén Ahumada, de 46 años, quien había iniciado una acción de amparo —con el patrocinio del Dr. Diego Hernán Brizuela— luego de que la obra social se negara a cubrirle de manera integral la medicación TECFIDERA 240 mg. y Pregabalina 75 mg., fármacos prescriptos por su médica tratante.
La afiliada, que cuenta con Certificado Único de Discapacidad (CUD), sostuvo que la falta de cobertura ponía en riesgo su salud y su calidad de vida. En mayo de este año, el Juzgado Federal N° 2 de Catamarca hizo lugar al amparo y ordenó a OSDE garantizar el 100% del tratamiento dentro de un plazo de diez días hábiles.
La obra social apeló la decisión, pero finalmente la Justicia decidió no hacer lugar al recurso y confirmar la sentencia dictada el 30 de mayo de 2025, ratificando la obligación de cobertura integral y el derecho de la paciente a acceder al medicamento de marca específica prescripto por su especialista.