martes, 1 julio, 2025
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Fiscal condenado por intervenir celular de expareja: inhabilitado de por vida

lunes, 30 de junio de 2025 23:00

Este lunes, el juez Gonzalo Fernández Bussy homologó un procedimiento abreviado y condenó al fiscal Fernando Rodrigo a tres años de prisión condicional, además de imponerle una inhabilitación especial y perpetua para ocupar cargos públicos.

La causa se originó por el uso indebido de herramientas judiciales para intervenir comunicaciones telefónicas sin justificación legal.

Rodrigo, de 43 años, fue hallado culpable de los delitos de peculado de trabajos y servicios públicos, falsedad ideológica y uso de documento público, todos agravados por su condición de funcionario. Según la investigación, en 2017, cuando se desempeñaba como fiscal adjunto del Ministerio Público de la Acusación en Rosario (Sede Regional N.º 2), elaboró cinco pedidos falsos para intervenir doce líneas telefónicas.

La fiscal del caso, Natalia Benvenuto, expuso que Rodrigo firmó y selló los documentos justificando que las interceptaciones eran necesarias para investigaciones penales en curso. Sin embargo, los números intervenidos pertenecían a personas de su entorno personal, incluida su ex pareja, sin relación alguna con causas judiciales. A pesar de ello, logró obtener autorizaciones judiciales y ejecutó las intervenciones a través de organismos oficiales como la Dirección de Captación de Comunicaciones (DICOM) y posteriormente la Dirección de Asistencia Judicial en Delitos Complejos y Crimen Organizado (Dajudeco).

Estas acciones permitieron al acusado acceder ilegalmente a información reservada, vulnerando derechos constitucionales fundamentales como la intimidad y la inviolabilidad de las comunicaciones. Los resultados de las intervenciones eran entregados en soportes digitales que Rodrigo retiraba personalmente o por medio de terceros autorizados.

Además de la inhabilitación permanente para ejercer cargos públicos, el ahora ex fiscal deberá cumplir con reglas de conducta durante tres años: fijar domicilio, someterse al control de la Agencia de Medidas No Privativas de la Libertad, abstenerse de portar armas de fuego y realizar tratamiento psicológico y/o psiquiátrico con acreditación trimestral ante la Justicia.

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