viernes, 21 de febrero de 2025 00:57
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Los legisladores radicales Alfredo Marchioli (diputado) y Fernando Navarro (concejal capitalino) presentaron ayer en la empresa Ec Sapem una intimación para que revierta el “cobro indebido” de una tasa municipal en la factura de luz: la de ocupación de espacio áreo. En este contexto, desde ENRE se aclaró que la firma distribuidora de energía está facultada a percibir ese tributo.
Desde el organismo aclararon que el artículo 21 del Contrato de Concesión del servicio de energía eléctrica: “Autoriza a la empresa distribuidora a trasladar al usuario los costos de los gravámenes municipales y provinciales que afecten exclusivamente a la actividad de prestación del servicio público”. Respecto a la tasa por ocupación del espacio aéreo, indicaron que: “Si bien es una obligación de la empresa, esta está facultada por el artículo anteriormente citado, a transferir el costo a los usuarios como parte del Valor Agregado de Distribución (VAD)”.
Sobre este eje, destacaron que: “Este ítem se factura en forma separada con el objetivo de beneficiar al usuario y evitar así que pague sobre esos montos el porcentaje correspondiente al impuesto sobre los ingresos brutos”. En cuanto a la contribución por Alumbrado Público, precisaron que: “Es una tasa que grava al usuario en forma directa y es inherente a la seguridad pública en las zonas urbanas y suburbanas”.
“En el caso de la Provincia, los municipios designan a la Distribuidora como agente de percepción de esta tasa, es decir que la empresa está obligada a cobrarle al usuario y luego transferir ese monto a los municipios” precisaron. También indicaron que la Ley de Energía Eléctrica (Nº 15.336) permite a las distribuidoras provinciales cobrar impuestos y tasas por servicios y mejoras locales y, además, establece que los gobiernos provinciales tienen la autoridad para otorgar concesiones, regular el servicio eléctrico y ejercer el control sobre su funcionamiento dentro de su jurisdicción.