También extendió los plazos de la Emergencia energéticas. Ambas fueron dictadas el año pasado.

miércoles, 8 de enero de 2025 00:18

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El Gobierno Provincial, por medio de sendos decretos dispuso prorrogar dos leyes que entraron en vigencia el año pasado luego de pasar por la Legislatura de Catamarca. 
Con fecha del 26 de diciembre del año pasado, pero que recién se publicó en la jornada de ayer en el Boletín Oficial, mediante un Decreto Acuerdo es que el Gobierno de Catamarca dispuso prorrogar “en todo su alcance” la vigencia de la Ley Nº 5.842, que declara la Ley de Emergencia Económica, Financiera, Administrativa y Educativa del Estado Provincial.
En el mismo instrumento, según se destaca, la prórroga será “por única vez y por el término de 5 meses”, todo esto a partir del 1 de enero del corriente año. 
Cabe recordar, que el proyecto del Ejecutivo Provincial fue enviado a la Legislatura catamarqueña y el 30 de mayo del año pasado la Cámara de Senadores aprobó por unanimidad la iniciativa convirtiéndose  en ley.  
En su momento, desde el Gobierno de Catamarca que preside el primer mandatario Raúl Jalil,  se precisó que con la emergencia buscan asegurar la prestación efectiva de los servicios básicos del Estado en un contexto de incertidumbre económica y social. Así, contempla la prohibición de nuevas contrataciones que incrementen el gasto público (salvo en áreas críticas como salud, educación y seguridad) y se avanzaría con un plan de retiro anticipado voluntario para empleados públicos el cual ya está en vigencia.

Emergencia energética 

Otra medida adoptada por Provincia es la prorroga del Decreto Acuerdo Nº 153 del 08 de febrero de 2024 por el cual se declara en Estado de Emergencia la prestación del servicio público de energía eléctrica en Catamarca. 
Durante el tiempo, se establece que el estado de emergencia tendrán vigencia hasta el 31 de diciembre del 2025, pudiendo prorrogarse en caso que el Decreto de Necesidad y Urgencia N.º 55/23 del Poder Ejecutivo Nacional extiende el plazo establecido en el Artículo 1° del citado instrumento. 
En el mismo instrumento se autoriza a Energía Catamarca Sociedad Anónima con Participación Estatal Mayoritaria (EC SAPEM) a solicitar la revisión tarifaria correspondiente al Valor Agregado de Distribución (VAD); además de disponer que el Ente Regulador de Servicios Públicos y Otras Concesiones (ENRE) de inmediata difusión y convoque a la correspondiente audiencia pública en un plazo no mayor a 10 días hábiles desde la recepción de la solicitud efectuada por EC SAPEM.  
Además, como fija el instrumento N° 153, el ENRE deberá resolver en un plazo no mayor a 5 días hábiles de finalizada la audiencia pública y vencido el plazo fijado, sin que el ENRE dicte la respectiva Resolución, se considera aprobada en su totalidad la propuesta elevada por la empresa prestataria de energía.

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