El expediente de la segunda denuncia contra el sacerdote Eduardo López Márquez fue remitido desde el Juzgado de Control de Garantías a la Fiscalía para su archivo. La querella confirmó que no insistirá con la acusación, por lo que el sobreseimiento por prescripción quedará firme.
El expediente de la segunda causa contra el sacerdote Eduardo López Márquez fue remitido desde el Juzgado de Control de Garantías a la Fiscalía para su archivo. La querella confirmó que no insistirá con la denuncia, por lo que el sobreseimiento por prescripción quedará firme.
Esta causa se inició con una denuncia presentada en marzo de 2023 por presuntos hechos ocurridos entre 1997 y 2001. El juez de Control de Garantías de Tercera Nominación, Lucas Vaccaroni, resolvió el archivo tras el dictamen de la fiscal de Instrucción Yésica Miranda, que consideró la causa prescripta.
La primera denuncia contra López Márquez fue sobreseída a fines de abril por la Sala Penal de la Corte de Justicia, con fundamentos de la ministra Verónica Saldaño y la adhesión de sus pares Fernanda Rosales Andreotti y Hernán Martel, por extinción de la acción penal por prescripción.
El antecedente que influyó en la decisión fue el fallo Ilarraz, dictado el 1 de julio de 2025 por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. En ese fallo se determinó que la ley vigente en los períodos denunciados (2002 y entre 1997 y 2001) no preveía suspensión del plazo de prescripción por la minoría de edad de la víctima. Las leyes Piazza (2011) y de Respeto a los Tiempos de la Víctima (2015) no podían aplicarse retroactivamente.
El abogado Sebastián Ibáñez, querellante en la segunda causa, decidió no apelar. Había señalado que insistir sería un desgaste judicial en vano, ya que la causa terminaría en la Corte provincial con el mismo resultado.
Con este cierre, ninguna de las dos denuncias contra López Márquez llegó a la instancia de un juicio oral. El sacerdote iba a ser el primer cura en ser sometido a un juicio por jurados.
La Red de Sobrevivientes de Abusos Eclesiásticos recordó que la prescripción no equivale a inocencia, sino que es un límite temporal a la persecución penal.
Este caso se suma a otros dos que tampoco llegaron al banquillo de los acusados: el sacerdote Moisés Pachado, denunciado en 2018, falleció en junio de 2022; y el catequista Julio Rodrigo Lobo, detenido desde marzo de 2024 y acusado de grooming y abuso contra adolescentes en Belén, murió este año por una neumonía.
En la provincia, dos sacerdotes tienen condena firme por abuso sexual en el ámbito eclesiástico: Juan de Dios Gutiérrez (12 años de prisión) y José Renato Rasgido (15 años de prisión). Además, Tomás Daniel Rodríguez, coordinador y referente de la Diócesis, fue condenado a ocho años y seis meses de prisión en marzo de 2026 por un tribunal de Mercedes (Buenos Aires), pero su sentencia aún no está firme.
