martes, 12 mayo, 2026
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Conceden prisión domiciliaria a Julio De Vido por razones de salud

La Cámara Federal de Casación Penal revocó la decisión del Tribunal Oral Federal y ordenó que el exministro cumpla su condena en su domicilio, tras un infarto y complicaciones cardíacas.

La Cámara Federal de Casación Penal revocó este lunes la decisión del Tribunal Oral Federal y ordenó que el exministro Julio De Vido abandone la cárcel de Ezeiza para continuar cumpliendo su condena bajo el régimen de prisión domiciliaria. Los jueces Carlos Mahiques, Mariano Borinsky y Guillermo Yacobucci fundamentaron su resolución en el reciente infarto que sufrió el exfuncionario el pasado 1 de abril, cuadro que derivó en una angioplastia con colocación de stent.

Según los informes del Cuerpo Médico Forense, De Vido, de 76 años, padece patologías complejas como diabetes insulinodependiente, fibrilación auricular persistente e hipertensión arterial, configurando un cuadro de “alto riesgo cardiovascular” para su permanencia en una institución penitenciaria. En su fallo, Casación ponderó el informe médico oficial, el cual aseguró que “si no se cumplía total o parcialmente con las exigencias señaladas, el entorno carcelario se consideraría un lugar inadecuado para el alojamiento del mencionado, incrementando el riesgo de descompensaciones y de la aparición de trastornos irreparables para su salud”.

Tras analizar la presentación de la defensa, los camaristas concluyeron que en el penal de Ezeiza no es posible asegurar los cuidados médicos específicos que el exintegrante del gabinete nacional precisa en este momento, por lo que el TOF 4 ya ordenó su traslado de manera inmediata a su domicilio particular.

Julio De Vido cumple una condena como partícipe necesario a cuatro años de prisión por la Tragedia de Once, ocurrida el 22 de febrero de 2012, que provocó la muerte de 51 personas y dejó más de 700 heridos. La Justicia determinó en su momento que el exfuncionario omitió controlar el uso de los fondos públicos destinados a la concesionaria Trenes de Buenos Aires (TBA). Aunque fue absuelto por el delito de estrago culposo, los magistrados confirmaron su responsabilidad penal en el manejo irregular de los recursos estatales, sentencia que quedó firme en 2024 tras la intervención de la Corte Suprema de Justicia, incluyendo la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.

Finalmente, la Cámara también le encomendó al juez de ejecución que mantenga un control periódico sobre las condiciones en las que se desarrolle la detención domiciliaria. La decisión judicial llega tras el rechazo de los últimos planteos de las partes, cerrando definitivamente la causa y desestimando el intento de la defensa de declarar la prescripción del expediente vinculado al siniestro ferroviario de la línea Sarmiento. De esta manera, el exministro dejará el pabellón carcelario para ser monitoreado externamente debido a la fragilidad de su condición clínica actual.

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