sábado, 25 abril, 2026
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Fondos de Asistencia Laboral podrían inyectar más de US$1000 millones al mercado

Los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), creados por la reforma laboral, generan expectativas en el mercado financiero. Se estima que podrían aportar entre US$1000 y US$2100 millones anuales, aunque su implementación sigue demorada por falta de reglamentación.

Los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), establecidos en el marco de la reforma laboral aprobada por el Congreso, han despertado un fuerte interés en el ámbito financiero. De acuerdo con estimaciones de especialistas, estos fondos podrían sumar más de US$1000 millones anuales al sistema de inversiones local. No obstante, su puesta en marcha continúa postergada debido a la ausencia de una reglamentación oficial.

Los FAL estarán compuestos por una parte de los aportes patronales obligatorios que hasta ahora se destinaban íntegramente a la Anses. Estos recursos serán invertidos en distintos activos con el objetivo de generar rendimientos y garantizar el pago de futuras indemnizaciones laborales.

Pedro Cristiá, socio de First Capital Group, estimó que podrían ingresar entre $1,5 y $3 billones al año, equivalentes actualmente a entre US$1000 y US$2100 millones. Desde SBS Asset Management calcularon un impacto anual cercano a los US$1600 millones.

Especialistas del sector señalan que el flujo mensual de aportes convertiría a los FAL en una nueva fuente de financiamiento de largo plazo, comparable al rol que tuvieron las AFJP como inversores institucionales. Además, desde la industria remarcan que si se habilita la inversión en deuda corporativa, aumentaría la emisión de obligaciones negociables y mejoraría el acceso al crédito para empresas a tasas más bajas.

Aunque la ley establecía que los FAL debían comenzar a funcionar desde el 1° de junio, en el mercado descuentan que habrá una prórroga. Persisten dudas sobre la operatoria, el ingreso de aportes y los instrumentos autorizados para invertir. Entre las versiones que circulan, se menciona que una parte de las carteras debería destinarse obligatoriamente a títulos públicos, mientras que otra podría orientarse a activos privados. La definición final dependerá de la reglamentación que emita la Comisión Nacional de Valores.

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