La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) puso en marcha una serie de modificaciones en el sistema de información para quienes utilizan controladores fiscales de nueva generación, a través de la Resolución General 5801/2025 difundida este martes 16 de diciembre.
Estas nuevas disposiciones, que comenzarán a regir a partir de enero del 2026, introducen ajustes significativos al régimen establecido previamente por la RG 3561, con el objetivo de unificar criterios y disminuir cargas administrativas.
Principales novedades del régimen de ARCA para el próximo año
A partir del próximo año, los contribuyentes comprendidos en las categorías de monotributo, responsables inscriptos y exentos en el IVA deberán presentar ante el organismo de forma mensual los formularios 8011 «Reporte Resumen de totales» y 8010 «Reporte Cinta Testigo Digital». Esta obligación se mantendrá incluso en los períodos donde no se hayan generado comprobantes o no existan movimientos que declarar.
En paralelo, se suprime la exigencia de presentar el formulario 8012, una medida que busca eliminar duplicidades en la carga y el almacenamiento de datos.
Los nuevos vencimientos para la presentación mensual quedaron establecidos de la siguiente manera:
- Hasta el día 5 del mes siguiente: para responsables inscriptos y exentos en IVA.
- Hasta el día 7 del mes siguiente: para los monotributistas.
¿Es posible presentar el Formulario 8010 de manera semanal?
Sí, la normativa contempla que aquellos contribuyentes inscriptos que, por su volumen de operaciones, prefieran mantener la presentación semanal –como podría ser el caso de grandes empresas– podrán seguir generando el reporte con una periodicidad menor a la mensual. Deberán, no obstante, presentar la información completa correspondiente al mes. Asimismo, se habilita la opción de enviar este reporte en formato comprimido ZIP.
