miércoles, 20 mayo, 2026
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Recategorización del monotributo en ARCA Catamarca: Cuándo es la fecha límite?

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) establece para los contribuyentes adheridos al régimen simplificado del monotributo una obligación periódica e ineludible: la recategorización. Este procedimiento exige que los pequeños contribuyentes evalúen el volumen de su actividad comercial o profesional a lo largo del último año para determinar si pueden mantenerse en su categoría actual o si deben ascender a una superior.

Esta gestión administrativa se concreta únicamente en dos oportunidades anuales: durante los meses de febrero y de agosto. No obstante, quedan exceptuados de esta obligación aquellos monotributistas que registren menos de medio año de antigüedad en el régimen o aquellos cuyos ingresos se mantengan dentro de los límites que corresponden a su escala actual, por lo que no están obligados a realizarlo.

Procedimiento para la recategorización del monotributo

Los contribuyentes deben llevar a cabo la recategorización de manera digital, accediendo al portal específico del monotributo. Para completar el trámite, es necesario seguir una secuencia de pasos definidos:

  1. Ingresar al Portal Monotributo utilizando las credenciales habituales: CUIT y clave fiscal.
  2. Dentro del sistema, seleccionar la opción denominada «Recategorización» haciendo clic en el botón «RECATEGORIZARME». Esta funcionalidad se encuentra activa exclusivamente en enero y julio, los únicos meses habilitados para este fin.
  3. La plataforma mostrará la categoría vigente junto con los topes establecidos para cada parámetro. Antes de avanzar, se sugiere consultar las escalas actualizadas para confirmar la correspondiente, haciendo clic en «ESCALAS VIGENTES».
  4. Para continuar, se debe elegir «CONTINUAR RECATEGORIZACIÓN» y cargar el monto total facturado en los últimos doce meses.
  5. El sistema consultará si se utiliza un local específico para desarrollar la actividad. Si la respuesta es «NO», se debe hacer clic en «CONTINUAR». En caso afirmativo, habrá que completar los datos del establecimiento correspondiente.
  6. Finalmente, la plataforma calculará y exhibirá la categoría que corresponde según los datos ingresados. Si se detecta un error, se puede usar el botón «VOLVER» para corregirlo; si todo es correcto, se debe confirmar con «CONFIRMAR CATEGORÍA».

Próximo plazo para la recategorización del monotributo en ARCA

La próxima instancia de recategorización estará disponible hasta el día 5 de febrero. En caso de omitir este trámite esencial dentro del plazo estipulado o de realizarlo de manera incorrecta, el propio organismo procederá a recategorizar al contribuyente de oficio, basándose en su actividad, y enviará la notificación correspondiente a través del Domicilio Fiscal Electrónico.

Escalas del monotributo vigentes en diciembre de 2025

Los monotributistas disponen de tiempo hasta el lunes 22 de diciembre para abonar la cuota mensual correspondiente. A continuación, se detallan las categorías en vigor para este mes, con sus respectivos límites de facturación y los montos a pagar:

Categoría A

  • Ingreso bruto: $8.992.597,87
  • Impuesto integrado: $4.182,60
  • Aporte previsional: $13.663,17
  • Obra social: $19.239,97
  • Total a pagar: $37.085,74

Categoría B

  • Ingreso bruto: $13.175.201,52
  • Impuesto integrado: $7.946,95
  • Aporte previsional: $15.029,49
  • Obra social: $19.239,97
  • Total a pagar: $42.216,41

Categoría C

  • Ingreso bruto: $18.473.166,15
  • Impuesto integrado: $13.663,17 (servicios) o $12.547,81 (comercio de bienes)
  • Aporte previsional: $16.532,44
  • Obra social: $19.239,97
  • Total a pagar: $49.435,58 (servicios) y $48.320,22 (comercio de bienes).

Categoría D

  • Ingreso bruto: $22.934.610,05
  • Impuesto integrado: $22.307,22 (servicios) y $20.773,60 (comercio de bienes)
  • Aporte previsional: $18.185,68
  • Obra social: $22.864,90
  • Total a pagar: $63.357,80 (servicios) y $61.824,18 (comercio de bienes).

Categoría E

  • Ingreso bruto: $26.977.793,60
  • Impuesto integrado: $41.826,04 (servicios) y $33.181,99 (comercio de bienes)
  • Aporte previsional: $20.004,25
  • Obra social: $27.884,02
  • Total a pagar: $89.714,31 (servicios) y $81.070,26 (comercio de bienes).

Categoría F

  • Ingreso bruto: $33.809.379,57
  • Impuesto integrado: $58.835,29 (servicios) y $43.220,24 (comercio de bienes)
  • Aporte previsional: $22.004,67
  • Obra social: $32.066,63
  • Total a pagar: $112.906,59 (servicios) y $97.291,54 (comercio de bienes).

Categoría G

  • Ingreso bruto: $40.431.835,35
  • Impuesto integrado: $107.074,65 (servicios) y $53.537,32 (comercio de bienes)
  • Aporte previsional: $30.806,54
  • Obra social: $34.576,19
  • Total a pagar: $172.457,38 (servicios) y $118.920,05 (comercio de bienes).

Categoría H

  • Ingreso bruto: $61.344.853,64
  • Impuesto integrado: $306.724,27 (servicios) y $153.362,13 (comercio de bienes)
  • Aporte previsional: $43.129,16
  • Obra social: $41.547,19
  • Total a pagar: $391.400,62 (servicios) y $238.038,48 (comercio de bienes).

Categoría I

  • Ingreso bruto: $68.664.410,05
  • Impuesto integrado: $609.963,03 (servicios) y $243.985,21 (comercio de bienes)
  • Aporte previsional: $60.380,82
  • Obra social: $51.306,61
  • Total a pagar: $721.650,46 (servicios) y $355.672,64 (comercio de bienes).

Categoría J

  • Ingreso bruto: $78.632.948,76
  • Impuesto integrado: $731.955,63 (servicios) y $292.782,26 (comercio de bienes)
  • Aporte previsional: $84.533,15
  • Obra social: $57.580,51
  • Total a pagar: $874.069,29 (servicios) y $434.895,92 (comercio de bienes).

Categoría K

  • Ingreso bruto: $94.805.682,90
  • Impuesto integrado: $1.024.737,89 (servicios) y $341.579,30 (comercio de bienes)
  • Aporte previsional: $118.346,41
  • Obra social: $65.806,30
  • Total a pagar: $1.208.890,60 (servicios) y $525.732,01 (comercio de bienes).

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