El Gobierno provincial y los gremios docentes rubricaron este miércoles el acta donde del acuerdo salarial para lo que resta del año. De esta manera, se cerraron paritarias con todos los sectores públicos de la provincia. Tras varias semanas de diálogo paritario la Provincia y los representantes de los docentes catamarqueños acordaron mejoras salariales para lo que resta del año. El acuerdo establece, inicialmente, incrementar el salario mínimo docente garantizado con el siguiente cronograma:
-Liquidación julio 2025: $600.000.
-Liquidación septiembre 2025: $650.000.
-Liquidación noviembre 2025: $700.000.
En lo que respecta al incremento del punto índice y función jerárquica se incrementará de manera acumulativa los mismos, con cláusula gatillo bimestral conforme se indica a continuación:
-Julio 2025: incremento del siete por ciento (7%), pasando el punto índice a 1631,25 y el ítem función jerárquica a 120.985,77.
-Septiembre 2025: actualización por la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el INDEC correspondiente a los meses de julio y agosto de 2025, garantizando un mínimo de incremento equivalente al tres por ciento (3%).
-Noviembre 2025: actualización por la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el INDEC correspondiente a los meses de septiembre y octubre de 2025, garantizando un mínimo de incremento equivalente al tres por ciento (3%).
-Enero 2026: actualización por la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el INDEC correspondiente a los meses de noviembre y diciembre de 2025, garantizando un mínimo de incremento equivalente al tres por ciento (3%).
Bono
En otro de los puntos del acuerdo, las partes acordaron un bono de $60.000 no remunerativo, no bonificable, por única vez, por CUIL, y proporcional a un cargo, a liquidarse el día viernes 25 de julio.
Adicional por antigüedad
Otro de los pedidos de la intersindical que fue aceptado por el Gobierno es la creación de una Bonificación Única y Extraordinaria destinada exclusivamente a los docentes que acrediten treinta (30) años de antigüedad o más en el ejercicio de la función, y que, dentro del plazo de treinta (30) días posteriores al cumplimiento de la edad jubilatoria establecida por el Régimen Previsional Docente, opten por acogerse al beneficio previsional correspondiente. Dicha bonificación será equivalente a tres (3) salarios netos ley, conforme al último período mensual percibido por el docente y se hará extensiva a los docentes que se desempeñen en establecimientos educativos de gestión privada. La bonificación será abonada con la liquidación final correspondiente.
Respecto al adicional por zona, se acordó reconocer el ítem de zona a las Escuelas de Gestión Pública y Privada de Recreo situadas en el Departamento La Paz y a los Centros Educativos N° 3 y N°4 situadas en el Departamento Valle Viejo a partir de la liquidación correspondiente a octubre 2025.
En función a la solicitud de derogar la Bonificación Incentivo a la Asistencia Docente (BIAD), se decidió transformar el mismo en un concepto de transporte/conectividad que no estará sujeto a condiciones de asistencia para su percepción.