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Abuso sexual intrafamiliar
De acuerdo con la agenda de la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA) del Poder Judicial, para ayer, martes, se tenía previsto una audiencia de admisión de evidencias por una causa por un delito contra la integridad sexual. Sin embargo, el acusado decidió confesar y se procedió a realizar un juicio abreviado.
Por tratarse de un delito de instancia privada, la audiencia se desarrolló a puertas cerradas. Según fuentes consultadas por El Ancasti, el acusado debía responder por “abuso sexual con acceso carnal agravado por la guarda”. Sin embargo, con base a su confesión y a la prueba obtenida, hubo un cambio en la calificación. Según se detalló, la calificación final fue “abuso sexual simple agravado por la guarda”.
Al respecto, se explicó que la modificación se debió a un acuerdo entre la fiscal del caso Jorgelina Sobh y la asesora de Menores Carolina Acuña Barrionuevo. Ante esta situación, la representante del Ministerio Público Fiscal cambió la calificación a “abuso sexual simple agravado” solicitó una pena de tres años de prisión en suspenso. La asesora de Menores adhirió y la defensa no se opuso.
Finalmente, el juez director Silvio Martoccia declaró culpable al acusado y lo condenó a la pena de tres años de prisión en suspenso. Además, remitió el expediente a la Secretaría de Familia para que se efectúe un abordaje interdisplinario para el seguimiento y contención de la víctima.