La Corte de Justicia respondió en menos de una semana el pedido que El Ancasti realizó el 7 de enero para tener información oficial y fidedigna sobre el incremento salarial implementado en el Poder Judicial.
A través de la Secretaría de la Superintendencia, el tribunal envió a este medio ayer la copia de la Resolución 186, firmada el 26 de diciembre, en la que estableció para los haberes de ese mes “un índice de readecuación salarial del 12% sobre todos los conceptos que integran el Poder Judicial”, que son la asignación de categoría para magistrados, funcionarios y empleados y tarea judicial y presentismo para los empleados.
Adjuntó también la escala salarial vigente para magistrados y funcionarios desde este mes, con el sueldo básico y el adicional por cargo jerárquico a los que debe añadirse, según el caso, un 3% en concepto de antigüedad y un 25% por título.
“Los magistrados y funcionarios del Poder Judicial –aclaró la Corte- no perciben adicionales por gastos de representación o similar. Tampoco perciben los ítems por Tarea Judicial y Presentismo que perciben los empleados administrativos. Los Magistrados y Fiscales tienen inhabilitado el título de abogado para el ejercicio de la profesión independiente judicial y cualquier otra actividad comercial e industrial”.
Magistrados y Funcionarios aportan al sistema previsional un 18% sobre el total de sus remuneraciones brutas, sin tope, “a diferencia del resto del personal y planta funcional de los otros poderes del Estado, cuyo descuento es del 11% con tope”, señala además.
De este modo, la Corte termina con las conjeturas que se habían disparado en torno al aumento de los judiciales, al mismo tiempo que contribuye a la discusión pública sobre el tema.
Al fundamentar los incrementos, alude al “fuerte proceso inflacionario que se acentuó en el año 2023 y principios” de 2024, y recordó que en 2023 la inflación ascendió al 211,4%.
“Por ello, la Corte de Justicia ha estudiado la necesidad de ordenar una recomposición salarial en la planta de magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial, la que, sin llegar a recomponer la pérdida sufrida en el salario de manera completa, intenta mitigar sus efectos en la medida de las posibilidades presupuestarias”, explica en los considerandos de la resolución.
Añade que “el cálculo que realiza trimestralmente la Federación Argentina de la Magistratura y la Función Judicial (FAM) sobre la media salarial de los distintos Poderes Judiciales del país, nuestra Provincia se encuentra en el orden Nº 16, es decir, debajo de la media nacional de las provincias argentinas”.
La información proporcionada por la Corte al público es importante en el marco de un debate con los poderes Ejecutivo y Legislativo en el que el derecho a una remuneración adecuada a las tareas desempeñadas y sus responsabilidades entra en tensión con la disponibilidad de recursos del Estado para afrontarlos.
Es una discusión compleja, porque, si bien la Justicia debe ser independiente y autárquica en su administración, los fondos para solventar su funcionamiento, sueldos incluidos, salen del mismo Tesoro Provincial. La conveniencia de encontrar un equilibrio surge evidente.
Pero más allá de ese conflicto, que deben resolver los poderes públicos, reconforta constatar el respeto que el máximo tribunal de la Provincia tiene hacia el derecho constitucional a la información que asiste a toda la sociedad y a las leyes que regulan su ejercicio a nivel nacional y provincial.
En tal sentido, El Ancasti agradece a la Corte la rápida respuesta que dio a su inquietud periodística y celebra el aporte que significa en beneficio de una institución dinámica, esencial en el sistema republicano y la democracia, como es la opinión pública.