El Tribunal de Enjuiciamiento de la Corte de Justicia de Catamarca desestimó la denuncia contra el juez de la Cámara en lo Criminal de Primera Nominación, Fernando Damián Esteban, por el fallo mediante el cual junto al voto del juez Carlos Alberto Roselló –y el voto en disidencia del juez Porfirio Acuña-, en marzo de 2018 absolvió a Juan Carlos Aguilar (53) por el abuso sexual de su hijastra menor de edad Milagros Vázquez, a quien le terminó quitando la vida seis años después, cuando ella tenía 23.
La denuncia fue realizada por la madre de Milagros en compañía de la abogada Marcela González, quien además representa a la familia Vázquez en la causa que investiga a Aguilar por el femicidio de la joven, ocurrido el 13 de julio de 2024 en el paraje La Suerte, departamento La Paz.
La abogada acusó al juez de emitir su fallo en base a ausencias de precisiones de fechas exactas de los hechos endilgados a Aguilar y de no considerar las pruebas y pericias, entre ellas la de ADN, que acreditó la paternidad de Aguilar en cuanto al resultado nueve meses después del ultraje.
Paralelamente cuestionó la decisión de hacer lugar al pedido de nulidad del requerimiento de elevación a juicio formulado por la entonces fiscal del caso, Virginia Duarte Acosta, realizado por la defensa de Aguilar.
Rechazo
El Tribunal de Enjuiciamiento estuvo integrado por la presidenta de la Corte de Justicia, María Fernanda Rosales Andreotti, el senador Augusto César Ojeda, los diputados Rubén Damián Brizuela y Carlos Antonio Marsilli, y los abogados María Cecilia Martin y Federico Guillermo Pague.
En su resolución explicó que ese Tribunal «no puede inmiscuirse en la competencia jurisdiccional ni determinar si el criterio adoptado por los tribunales resulta o no el más acertado para la resolución de los conflictos. Si así fuera, lo convertiría en un órgano de casación política del accionar judicial».
Haciendo foco en una tremenda falencia por parte del entonces fiscal de Cámara, agregó: «Lo cierto es que la decisión, emitida por el Tribunal que presidía el Dr. Esteban, podía ser revisada a través de los mecanismos recursivos previstos en el código procesal».
«La sentencia dictada por el Tribunal no fue oportunamente recurrida, pese a la posibilidad que tenía el Ministerio Público (a cargo de Jorge Silva Molina). Es esa la herramienta que la ley pone a disposición de las partes para la defensa de los derechos en caso de considerar que se encuentra frente a una sentencia defectuosa», agregó.
En cuanto al planteo de nulidad, sostuvieron que «los juzgadores acogieron un planteo formulado por la defensa de Aguilar en el transcurso de la audiencia de debate y resolvieron según una de las medidas posibles que les brindaba el procedimiento, y así declararon la nulidad del requerimiento de elevación de la causa a juicio y la libertad del imputado».
La fiscalía no casó sentencia y Aguilar quedó libre
Con su resolución, el Tribunal de Enjuiciamiento dejó expuesta oficialmente la negligencia con la que fue tratado el fallo que absolvió a Aguilar y lo dejó en libertad.
El fiscal de Cámara Silva Molina (ya jubilado), no recurrió la resolución que dos años después quedó firme. La causa se archivó en noviembre de 2022 y salió nuevamente a la luz tras el brutal asesinato de Milagros. Lo cierto es que Aguilar tuvo tres hijos con ella y que el primero fue procreado cuando tenía aproximadamente 14 años.
La investigación, que derivó en la causa penal y la consecuente elevación a juicio, fue iniciada a principio de noviembre de 2016 por el juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de Familia de Recreo, Fernando Adet Caldelari, a partir de la denuncia realizada por la madre de Milagros dando a conocer los abusos, y que ella a su vez había sido atacada a golpes por Aguilar.
Los resultados de esta investigación y el cúmulo de pruebas producido, entre otras cosas el informe de cotejo de ADN, fueron remitidos a la fiscalía a cargo de Duarte Acosta, quien formuló el pedido de elevación a juicio que terminó siendo la base de la absolución.
Fallaron dos fiscales, de instrucción penal y de Cámara.