jueves, 5 de diciembre de 2024 19:20
La directora de Defensa al Consumidor, Mónica Nofal dio a conocer que el organismo recibió 50 denuncias contra la Sociedad Argentina de Autores y Compositores (Sadaic) y la Asociación Argentina de Intérpretes y Cámara Argentina de Productores de Fonogramas y Videogramas (AADI y CAPIF) que emitió facturas en fiestas, estando vigente el decreto que dejaba sin efecto esta contribución para eventos privados.
En la Justicia ya hay 5 acusaciones por coacción agravada, por el presunto cobro bajo amenazas.
Nofal destacó que desde que Mendoza sentó posición e instó a denunciar a estos entes, «empezamos a recibir las presentaciones de la gente con montos muy dispares que van de los $300 mil a los $800 mil, sólo por pasar música en un casamiento o cumpleaños de 15».
Con estos casos, en la actualidad hay un equipo de abogados está analizando la fecha del evento y si hay factura emitida por estos organismos de recaudación.
«Vamos a ver caso por caso para saber cómo se procedió en estas fiestas. Hasta ahora nosotros tenemos la denuncia de consumidores, de gente que contrató el salón y tuvo que pagar ese extra que no corresponde», insistió la funcionaria.
Donde aclaró que la disposición que rige en la provincia desde este lunes, faculta a la dirección de Defensa al Consumidor a aplicar sanciones y exige a los saloneros que se informe que no se debe pagar la propiedad intelectual de la música en un evento privado.
Nofal se refirió a las declaraciones del titular de Sadaic, Guillermo Ocampo, quien recalcó que la normativa de Mendoza no alcanza a los dueños de las instalaciones.
«Nosotros vamos a unificar el criterio en todo el país y consideramos que ni los consumidores, ni los saloneros tienen que pagar por la música. Ya hay un consenso entre los directores de Defensa al Consumidor de todo el país», adelantó.
Además insistió que desde fines de agosto rige el decreto 765/2024 que versa sobre los medios tecnológicos y digitales (como las diversas plataformas de streaming, por ejemplo) que son parte del uso cotidiano en gran parte de la población y que son, relativamente, de fácil acceso.
“Se entiende por representación o ejecución pública aquella que se efectúe, cualquiera que fueren los fines de la misma, en un espacio de acceso público, libre y dirigido a una pluralidad de personas”, reza la norma.
Es así que el texto aclara que evento que se desarrolle “en un ámbito privado, sea este de ocupación permanente o temporal”, por lo que, los salones de fiestas, por ejemplo, no deberán abonarle ningún porcentaje a Sadaic.
El decreto, además deja en claro que que los autores tienen derecho a recibir una remuneración equitativa “de cualquier persona que, en forma ocasional o permanente, obtenga un beneficio económico directo o indirecto con la utilización pública de una obra” o bien realice un evento con ella.
Fuentes judiciales actualizaron la información sobre la cantidad de denuncias que particulares y saloneros radicaron contra la Sociedad Argentina de Autores y Compositores (Sadaic) y la Asociación Argentina de Intérpretes y Cámara Argentina de Productores de Fonogramas y Videogramas (AADI y CAPIF) por el presunto delito de coacción agravada.
Según refirieron se investiga el empleo de amenazas para lograr el pago del tributo de derechos de autor e indicaron que en muchos casos se consumó la retribución.
Sobre este tema, Ocampo dijo que no estaba al tanto de estas denuncias en la Justicia y lamentó enterarse por los medios.
«De manera respetuosa, nosotros vamos a seguir yendo a las fiestas con la factura. El salonero cobra por un servicio y la música es un elemento más. En definitiva, el único que no gana en todo esto es el músico», concluyó.