domingo, 16 febrero, 2025
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Proponen desalentar el consumo de vapeadores con restricciones y multas

La diputada provincial Natalia Herrera (UCR) presentó un proyecto de ley en la Cámara de Diputados en el que propone desalentar el uso y consumo de cigarrillos electrónicos, popularmente conocidos como “vapeadores”. En este sentido, recordó que existen regulaciones de la ANMAT y el Ministerio de Salud de la Nación que prohíben su comercialización y advierten de sus riesgos, pero señaló que no hay legislación al respecto.

Medularmente se propone prohibir la venta a menores de edad, prohíbir su consumo en lugares cerrados, su exhibición para la venta, y también prohibir realizar publicidad, promoción y patrocinio, de cigarrillos electrónicos y sus insumos a través de cualquier medio de difusión o comunicación, que en general omiten informar sobre los efectos adversos de su consumo. El objetivo de la propuesta es que junto a estas restricciones se concientice a la población en general de lo dañino que es para la salud.

Herrera remarcó que los cigarrillos electrónicos “no son inofensivos” y en los fundamentos de su proyecto detalló que “emiten aerosol y no vapor de agua”. “El aerosol contiene numerosas sustancias tóxicas y cancerígenas, además de nicotina, lo que mantiene la adicción. Aun cuando el tanque está rotulado como libre de nicotina, puede contenerla. Los cigarrillos electrónicos no son seguros ni para fumadores ni para no fumadores; y los no fumadores que empiezan a usar cigarrillos electrónicos corren el riesgo de desarrollar adicción a la nicotina e inclinarse a fumar cigarrillos convencionales”, advirtió.

La diputada recordó que los cigarrillos electrónicos están prohibidos en el mercado argentino desde 2011 por la disposición 3226/2011 de la ANMAT, que fue ratificada en 2016. Allí se prohíbe “la importación, distribución, comercialización y la publicidad o cualquier modalidad de promoción en todo el territorio nacional del sistema electrónico de administración de nicotina denominado ‘Cigarrillo Electrónico’, extendiéndose dicha prohibición a todo tipo de accesorio para dicho sistema o dispositivo, como asimismo a cartuchos conteniendo nicotina”.

Además, recordó que el Ministerio de Salud de la Nación emitió la resolución 565/2023 que establece la prohibición de los sistemas o dispositivos electrónicos destinados a inhalar vapores o aerosoles de tabaco, denominados habitualmente como “Productos de Tabaco Calentado” (PTC), que consisten en una barra de tabaco (HeatStick) y un dispositivo de calentamiento de tabaco alimentado por batería.

“Sin embargo y más allá de las prohibiciones existentes y vigentes, el uso y distribución de cigarrillos electrónicos está ampliamente normalizado en nuestra comunidad, sobre todo en los más jóvenes. Es por esto que por el presente proyecto de ley procuramos desalentar su consumo, protegiendo principalmente a los menores de edad, restringiendo su uso en los espacios, ya que no solo aspira tóxicos la persona que lo desea de manera voluntaria, sino todos los que se encuentran a su alrededor se ven directamente afectados”, remarcó.

La diputada propone también prohibir la publicidad, promoción y patrocinio, “ya que en estas publicaciones intencionalmente se omite mencionar los efectos adversos y dañinos que tiene en la salud de las personas”. También propone prohibir su exhibición para la venta.

Multas

Por otra parte, Herrera propone implementar un mecanismo de multas en el Código de Faltas de Catamarca, para sancionar con hasta 30 unidades de multa a quienes vendan cigarrillos electrónicos a menores de edad; consuman cigarrillos electrónicos es los espacios restringidos; realicen publicidad, promoción y patrocinio, de cigarrillos electrónicos y sus insumos a través de cualquier medio de difusión o comunicación; y exhiban para la venta cigarrillos electrónicos y sus insumos. Lo recaudado por estas de multas deberá ser destinado a solventar campañas de concientización.

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