Este miércoles, se conoció finalmente la sentencia definitiva contra Ricardo La Regina, el productor ganadero que fue declarado culpable de la matanza de 240 pingüinos magallánicos en Punta Tombo, ocurrida en 2021. La misma fue dada a conocer por el tribunal integrado por las juezas María Laura Martini, Carlos Richeri y Eve Ponce, por escrito y de forma electrónica a las parte. Allí, se fijó la condena de tres años de ejecución condicional al imputado.
“Por voto mayoritario se le impuso una pena de tres años de prisión de ejecución condicional y costas, al tiempo que se fijaron una serie de reglas de conductas que deberá cumplir, bajo apercibimiento de revocarse el carácter condicional de la pena en caso de no cumplir con lo dispuesto”, indicó el texto emitido por la justicia.
La Regina deberá además de pagar las costas del proceso, abstenerse de circular por la zona en vehículos de gran porte, tendrá prohibido realizar obras o mejoras sin autorización y deberá colaborar con las tareas de restauración del medio ambiente.
A la vez, dictaron una medida cautelar que ordena la intervención inmediata del estado provincial para garantizar la preservación del medio ambiente en toda el área.
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Luego de seis audiencias en los Tribunales de Rawson con declaraciones de testigos y alegatos, que fueron seguidos por organizaciones ambientalistas de todo el mundo, la Justicia de Chubut había resuelto casi dos semanas atrás, el jueves 7 de noviembre, que el empresario es culpable por los hechos registrados en 2021.
Tanto la fiscal Florencia Gómez, que investigó el caso, como el fiscal de Estado Martín Castro y Eduardo Huerta, abogado de organizaciones civiles querellantes, coincidieron en el pedido de pena de cuatro años de prisión de cumplimiento efectivo.
Estos pedidos fueron desestimados por el tribunal integrado por Laura Martini -presidenta-, Eve Ponce y Carlos Richieri, quienes decidieron una condena menor para La Regina.
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El tribunal declaró a La Regina «autor penalmente responsable de los delitos de daño agravado, un hecho en modalidad de delito continuado» por los hechos «ocurridos entre el 10 y el 14 de agosto, el 10 y el 14 de septiembre y el 26 de noviembre y 4 de diciembre de 2021» en la estancia La Perla, situada en el departamento Florentino Ameghino de la Provincia de Chubut.
También lo consideró culpable del «delito de crueldad animal (artículos 1 y 3, inciso 7 de la ley 14.346)» por los hechos que tuvieron lugar entre el 26 de noviembre y el 4 de diciembre de 2021.
En cambio, lo absolvió del mismo delito, del cual estaba acusado también por lo acontecido entre el 10 y el 14 de septiembre del mismo año, cuando volvió a pasar con la retroexcavadora por el mismo camino que había abierto exactamente un mes antes.