La decisión de eliminar las «trabas burocráticas» en la administración pública permitirá acelerar los reclamos de beneficios impositivos de las empresas y los individuos ante la exAFIP. Es que desde el viernes pasado, el Gobierno estableció que al menos 500 procedimientos serán considerados aprobados ante la falta de respuesta del Estado en un lapso de 60 días y una vez cumplidas las condiciones exigidas.
Según el anexo del decreto 971/24 que lleva la firma del presidente Javier Milei y del jefe de Gabinete, Guillermo Francos, hay unos 60 trámites vinculados al organismo recaudador que serán alcanzados por el «silencio positivo», el nuevo mecanismo que entró en vigencia desde el viernes para la administración centralizada y que para los entes descentralizados como ARCA (exAFIP) comenzarán a regir desde el 1 de diciembre.
Dentro de este último grupo, figura la solicitud de reducción de anticipos del Impuesto a las Ganancias, un trámite que puede demandar su tiempo para obtener la aprobación del fisco. Es el caso de las empresas o autónomos, que pagan anticipos del tributo en función del período fiscal anterior, pero que ante la expectativa de obtener ganancias menores en el período siguiente solicitan una reducción de dicho adelanto.
«El anticipo tiene un impacto patrimonial importante para las empresas o los autónomos, como los abogados, entonces ahora una vez que se cumple el plazo del silencio se entiende por aprobada la reducción del anticipo, el contribuyente se ahorra o paga menos, ya que si no pudiera solicitar dicha reducción estaría haciendo un pago anticipado mayor al que le corresponde», explicó Lucas Gutiérrez, abogado y socio del estudio Lisicki Litvin & Asociados.
Otro de los procedimientos que será alcanzado por el nuevo mecanismo administrativo y que tendrá impacto en la actividad privada es el certificado de no retención de IVA. Hasta ahora, la demora en el trámite implicaba para muchas empresas anticipar el pago del tributo y acumular saldos favorables, mientras que a partir de estos cambios la obtención del certificado evitará que los proveedores o clientes le retengan el gravamen.
El silencio positivo también regirá para el certificado de no retención de Ganancias en venta de inmuebles, la retención del impuesto a la transferencia de inmuebles para residentes en el exterior, la exención de Ganancias en instituciones religiosas, la no retención de Seguridad Social, certificados de ventajas impositivas, y la no retención de Ganancias a sociedades, fideicomisos y fondos comunes de inversión.
Por otra parte, las empresas y personas tendrán más facilidades para evitar que el estado administrativo de su CUIT se vea modificado cuando caen bajo el radar de la exAFIP por sospecha de ciertos incumplimientos como la falta de inscripción en impuestos, de presentación de declaración jurada, y de movimiento y empleados en declaración jurada.
«En estas situaciones, de contribuyentes con poca actividad económica o sin empleados registrados, automáticamente se les modificaba el CUIT y no podrían operar comercialmente. Detrás de esto está la persecución de empresas fantasmas con actividades truchas y proveedoras de facturas apócrifas, pero había empresas que no eran truchas», explicó Gutiérrez.
Con el procedimiento previo, las investigaciones podían extenderse en el tiempo, el organismo bloqueaba el CUIT de las empresas investigadas y los proveedores le dejaban de vender por temor a que la AFIP los pasara a la base de operadores no confiables.
«Esto se hace supuestamente para que la administración se vea obligada a responder en tiempo y forma y que no se sucedan amparos por mora. El efecto más fuerte va a ser en reclamos de alguna devolución o repetición de impuestos, donde sin contestación terminará siendo una respuesta positiva», dijo una exfuncionaria del Ministerio de Economía.